AGUA PREPAGO?

Con la noticia algo escalofriante de la CRA y del ministerio de vivienda sobre la "posibilidad" (que se convierte en obligatoriedad) del pago Prepago del servicio de agua. 

Según nuestro criterio se podría beneficiar a las empresas y no a los usuarios del servicio. al ser prepago se incurren en gastos adicionales del servicio por parte del usuario, las políticas publicas de agua a las poblaciones menos favorecidas podrían temer su desaparición.

Aquí la noticia oficial del Ministerio y la CRA:


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Clasificación temática Acueducto y alcantarillado

Minvivienda y CRA presentan propuesta para cancelar los servicios de acueducto y alcantarillado en el país con sistema prepago

Gráfica alusiva a la noticia Minvivienda y CRA presentan propuesta para cancelar los servicios de acueducto y alcantarillado en el país con sistema prepagoMinvivienda y CRA presentan propuesta para cancelar los servicios de acueducto y alcantarillado en el país con sistema prepago
Octubre 08 de 2013. El Ministro de Vivienda, Felipe Henao Cardona, y la Directora Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Agua Potable, CRA, Silvia Juliana Yepes, presentaron una novedosa propuesta que les permitirá a los usuarios de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado acceder a la opción de pago anticipado o prepago.
“Este proyecto pretende facilitar el pago de los servicios mencionados, pues el usuario podrá realizar recargas de consumo de acuerdo con sus posibilidades económicas y con el flujo de caja de cada hogar. De esta forma, la persona puede conocer su consumo diario y controlarlo mejor”, dijo el Ministro Felipe Henao Cardona.

De igual forma, el Ministro señaló que “en los eventos en que se presente una disminución en los costos por actividades de medición, toma de lecturas, impresión, entrega de facturas, gestión de cartera, entre otros, los prestadores deberán reducir el valor de la carga mínima mensual para los suscriptores que deseen acceder a la opción de pago anticipado”.
Entre tanto, la directora de la CRA manifestó que “las empresas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado verán una disminución de clientes en estado moroso, así como de los procedimientos y costos asociados a toma de lecturas, entrega de facturas, facturación, corte y reconexión del servicio”.

El Ministro Felipe Henao anunció que esta propuesta entra en un proceso de participación ciudadana para recibir las observaciones que los colombianos tengan al respecto.

“Invitamos a los usuarios, a las empresas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado y a todos los interesados, a remitir sus observaciones o sugerencias a esta propuesta, y al documento de trabajo, una vez se publique la Resolución en el Diario Oficial. Hay treinta días para esto y los documentos serán publicados en la página de internet www.cra.gov.co”, explicó el Ministro de Vivienda.

Mayor información

ABC del pago anticipado de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado

1.- ¿Qué es el pago anticipado de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado?
Es una opción de pago que las empresas pueden ofrecer a sus usuarios. En esta opción el usuario de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado puede recargar sus consumos de acuerdo con sus posibilidades económicas y llevar un mejor control de los mismos.

2.- ¿Es obligatorio pasar a la opción de pago anticipado?
No. En primer lugar, las empresas prestadoras de estos servicios públicos pueden ofrecer, o no, esta forma de pago a sus usuarios. En caso de que la empresa de la cual es usuario ofrezca el pago anticipado, usted tiene la opción de solicitar este servicio, si así lo desea. De lo contrario, seguirá en el sistema de pago actual.

3.- ¿Debo pagar algo si solicito esta opción prepago a la empresa?

Sí. Usted deberá pagar el cambio de medidor, debido a que la opción de pago anticipado, requiere una nueva tecnología que le permite conocer al usuario su promedio de consumo y su saldo, tanto en agua como en dinero. Además, viene con una tarjeta que permite la compra y recarga del servicio. El valor del medidor lo pagará el usuario en un saldo diferido, como mínimo a 36 meses.

4.- ¿En la opción de pago anticipado se elimina el cargo fijo?

No. El cargo fijo seguirá existiendo de acuerdo con su estrato.

5.- ¿Seguiré recibiendo factura?
No. Usted no recibirá una factura, pero toda la información acerca del costo del servicio, de su cargo fijo y de sus consumos y recargas aparecerá en el comprobante de pago cada vez que usted realice las recargas.

6.- ¿Existe un monto mínimo de recarga? 
Sí. Se deberá realizar una carga mínima mensual, la cual cubrirá el cargo fijo de los servicios de acueducto y alcantarillado y, si existe un convenio de facturación conjunta vigente entre la empresa de acueducto y alcantarillado y la empresa de aseo, se cobrará también el valor facturado del servicio de aseo tal como se realiza en la actualidad. De allí en adelante, el usuario puede cargar los metros cúbicos que considere necesarios, mediante las recargas por consumo.

7.- ¿Dónde puedo recargar?
La empresa deberá habilitar e informar a sus usuarios los puntos de recarga de consumos de acueducto y alcantarillado. Podrá habilitarlo incluso en tiendas, supermercados, estaciones de servicio, puntos de venta de lotería, etc. Pero eso depende de las políticas y opciones que escoja cada empresa.

8.- ¿Qué sucede si quiero pasarme a la opción de pago anticipado, pero tengo una deuda pendiente con la empresa de acueducto y alcantarillado?
Usted puede pasar a la opción de pago anticipado, pero deberá llegar a un acuerdo de pago y sus condiciones con la empresa de acueducto y alcantarillado que le presta estos servicios.

9.- ¿Puedo expresar mis observaciones sobre este tema? 
Los usuarios, las empresas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado y todos los interesados en general, podrán remitir observaciones reparos o sugerencias a esta propuesta,  así como a su documento de trabajo, en un término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial. Ambos documentos estarán publicados en www.cra.gov.co

Las observaciones, reparos o sugerencias, se recibirán en el correo electrónicoparticipacion@cra.gov.co en las instalaciones de la CRA, ubicadas en la Carrera 12 N° 97-80, Piso 2º, de Bogotá D.C., teléfono (1) 487 38 20, en la línea nacional gratuita 01 8000 517 565, y en el fax (1) 489 76 50. La Subdirección Técnica de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en cabeza de su Subdirector Técnico, atenderá las solicitudes de información sobre el proyecto.